Arraigo Social: Autorización de Residencia
Cómo solicitar la autorización de residencia por arraigo social en España. Requisitos y documentación necesaria.
Comprobar si cumples los requisitos
Para solicitar el arraigo social debes: haber residido de forma continuada en España durante al menos 3 años, carecer de antecedentes penales en España y en tu país de origen (en los últimos 5 años), y contar con un contrato de trabajo firmado de al menos 30 horas semanales (o informe de inserción social).
Obtener el informe de arraigo municipal
Solicita el informe de arraigo (informe de inserción social) en el ayuntamiento de tu municipio. Este documento acredita tu tiempo de residencia y tu integración en la comunidad. Aporta: empadronamiento, contratos de alquiler, facturas, pruebas de convivencia o participación social.
Obtener el contrato de trabajo
El contrato de trabajo debe estar firmado por el empleador y tú, con una duración mínima de un año y al menos 30 horas semanales. El empleador no necesita ser español ni la empresa necesita autorización previa. Este es uno de los documentos más importantes de la solicitud.
Presentar la solicitud EX10
Presenta el formulario EX10 junto con toda la documentación en la Oficina de Extranjería de la provincia. Necesitarás también: pasaporte en vigor (o caducado con menos de 5 años), certificado de antecedentes penales de tu país de origen apostillado y traducido, tasa 052 abonada, y fotografía reciente.
Seguimiento y resolución
El plazo de resolución es de 3 meses. Si es favorable, obtendrás una autorización de residencia y trabajo por 2 años renovable. Debes darte de alta en la Seguridad Social y obtener el TIE en los 30 días siguientes. El silencio administrativo es positivo.
Tasas
Tasa 052: aproximadamente 10,60 €. Abonable en banco o por internet.
Tiempo de tramitacion
Plazo máximo de resolución: 3 meses. El silencio administrativo tiene efecto positivo.
Documentos necesarios
- Pasaporte en vigor(Obligatorio)
- Formulario EX10 cumplimentado(Obligatorio)
- Informe de arraigo del ayuntamiento(Obligatorio)
- Contrato de trabajo firmado (mín. 1 año, 30h/semana)(Obligatorio)
- Certificado de antecedentes penales apostillado y traducido(Obligatorio)
- Tasa 052 abonada(Obligatorio)
Errores comunes a evitar
- El contrato de trabajo es el requisito más difícil de cumplir. El empleador asume el compromiso de contratarte pero tú aún no puedes trabajar hasta obtener la resolución favorable.
- El informe de arraigo puede tardar hasta 3 meses en emitirse. Solicítalo con antelación.